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martes, mayo 25, 2010

INCLINACION DE LA BALANZA EN UNA CONDENA


INCLINACION DE LA BALANZA EN UNA CONDENA

A propósito de Fujimori, un terrorista de Estado con privilegios de reo primario.
Me inclino, por que la justicia no tiene más que el único sentimiento de restablecer un orden que se creyó avasallado por el delito. Por el cual quién sufre la pena en aras de éste restablecimiento no se le puede hacer más de lo que justifica una pena, ni se puede ensañar con la persona, ya que la Carta Magna, a la que todos hacen referencia, lo que se persigue es la reeducación en la recta conducta que establece la sociedad. Si perseguimos la reeducación y la redención del justiciable, por que debe haber diferencias entre uno que fue Jefe de Estado y otro que no lo fue, pero que sin embargo se muere en las mazmorras de un presidio de la capital con menos de un sol para vivir al día, pues el resto se distribuyen como parte de la corrupción en el ente administrativo de los penales.

La justicia no puede inclinarse en una condena o en una reparación, nada mas que para el lado de la equidad y el equilibrio; por ello nos sorprende de manera muy escandaloso como los jerarcas que se encuentran en el gobierno actual de los privilegios de los que goza un terrorista de estado. Esto según su mismo léxico que utilizan los señores jerarcas para quienes tienen una conducta que no es concorde a su visión personal de lo jurídico.



Por ello en aras de la igualdad debería permitirse entonces que todo el resto de presos de conciencia y políticos presos en las mazmorras, llámese Castro Castro o Piedras Gordas, gozar de todos los privilegios que goza un criminal de Guerra como es el señor Fujimori, con el agravante de que su nacionalidad no está bien definida; pues al huir de nuestro territorio cuando se descubrió lo largo y extenso de la corrupción que había generado su gobierno, opto por huir como un vil cobarde. Pero lo mas sorprendente son las declaraciones del Presidente de la Corte Suprema para los privilegios que ostenta éste señor; el asunto es que dijera lo mismo para el resto de prisioneros, que no tienen una comida humana y digo humana, pues lo que se sirve en las prisiones del Perú no es compatible con la humanidad, con que se debe tener a una persona privada de su libertad.
Pero a nosotros eso no nos llama la atención, ya que durante todo el periodo de gobierno del Señor Alan García Pérez, son dos las características que han primado su mandato. Uno es la vitrina con que se muestra el grado de corrupción a que se ha llegado y el otro es su alianza con el fujimorismo para que en alianza obtengan la impunidad en un próximo gobierno. El APRA se esta blindando para los próximos cinco años, en que serán perseguidos por los delitos cometidos en esta etapa. Que son muchos. Todo se ha visto a paciencia de toda la población.



Si enumeramos, no alcanzaría la larga lista, pero hagamos un resumen de ellos: Su primer delito es su alianza con el narcotráfico de alto vuelo. Con ello han podido financiar antes que estén en el gobierno, sus aspiraciones electorales. Las sombras sobre ésta alianza ronda a muchos congresistas de las listas del APRA y también de otras agrupaciones. Lo mismo fue de el Fujimorismo en su etapa de gobierno, es que tuvieron muy buenos maestros, nos referimos a los dirigentes del APRA de antes de que asumieran su primer gobierno. Aquí hay que traer a colación, algunas noticias de la época en que míster Haya de la Torre, frecuentaba los Estados Unidos y en que se menciona de las actividades de protección y pantalla a los que se dedicaba éste personaje, pero que después fue acallado, no sabemos si por que era mentira o por que así le convenía a los interese norteamericanos, tal como se puede desprender de la lectura del libro Legado de Cenizas, que es una compilación de las atrocidades de la CIA en tierras latinoamericanas.



Pero lo que nos interesa es el cúmulo de privilegios que ostenta el señor Fujimori y no así el resto de prisioneros del país, si como si por el haber sido jefe de Estado, debería pagar sus delitos en una cárcel dorada y el resto por ser pobre debe hacerlo en una mazmorras como las que existen en nuestro país. El Señor cometió delitos de lesa humanidad y debe ser confinado a la base Naval, en conjunto con su socio de aventuras, el señor Vladimiro Montesinos, pues precisamente por haber sido funcionario público, debe tener la doble de la pena.

Juan Esteban Yupanqui Villalobos
Túpac Isaac II
http://juanestebanyupanqui.blogspot.com

jueves, mayo 20, 2010

La trampa del derecho de consulta. A los pueblos indígenas.



La trampa del derecho de consulta. A los pueblos indígenas.

Como siempre la inexperiencia de muchos de nuestros dirigentes de las comunidades originarias, se han visto envueltas en la trampa y leguleyadas con la complicidad de muchos de los que ahora se irrogan un triunfo. No en vano el APRA, que ahora muchos le reconocen la esencia de lacra, por haber servido siempre a los intereses del imperialismo, desde que se fundo, que solo manipulo las conciencias para asesinar las conciencias de los esclavos que habitan éste territorio para dárselos a sus amos ubicados como el imperio del norte.



No he visto, tanta insensatez junta; con el proyecto de ley aprobado en el congreso. Me pregunto si Denis Pashanase, Oseas Barbarán, Antolín Huáscar, Mario Palacios y otros que dicen representar a los pueblos originarios e indígenas, estaban en su mejor día o habían sido llevados a la fuerza, después de muchas sesiones de ayahuasca. Indigna de sobremanera como están actuando estos señores en contra de la defensa de nuestros pueblos, o es que hay complicidad con el cabildeo de las trasnacionales. Pues en términos jurídicos, una sola palabra modifica todo y allí viene la trampa de quienes han propuesto el texto del proyecto de ley que ahora se quiere imponer. Y lo remarco para que entiendan los hermanos que se nos quiere dar gato por liebre y ahora con la ceguera de nuestros dirigentes. Y lo remarco el texto para que lo entiendan y quizás se pueda dar marcha atrás:

Artículo 2º.-Del derecho a la consulta
Es el derecho de los pueblos indígenas u originarios a ser consultados en forma previa sobre las medidas legislativas o administrativas que afecten directamente sus derechos colectivos, sea sobre su existencia física, identidad cultural, calidad de vida o desarollo. También corresponde efectuar la consulta respecto a los planes, programas y proyectos de desarrollo nacional y regional que afecten directamente estos derechos.

La consulta a la que hace referencia la presente ley es implementada de forma obligatoria sólo por el Estado.

Artículo 3º.-Finalidad de la consulta
La finalidad de la consulta es alcanzar un acuerdo o consentimiento entre el Estado y los pueblos indígenas u originarios respecto a las medidas legislativas o administrativas que les afecten directamente, através de un diálogo intercultural que garantice su inclusión en los procesos de toma de decisión del Estado y la adopción de medidas respetuosas de sus derechos colectivos.



En ningunos de los articulados se refiere al derecho de posesión y herencia ancestral de los territorios ocupados desde el origen de los pueblos originarios. No van a ser tan tontos de dictaminar ningún mamotreto legislativo, tanto administrativo como jurídico, que implique la amenaza de la vida, tal como el Estado Burgués occidental lo entiende, para ello ya tienen su salida en el anterior proyecto de ley de desplazamientos. Este ultimo proyecto de ley que será implementado posteriormente, permitirá pues hacer que las poblaciones indígenas sean desplazadas de su territorio y puestas en otro lugar de donde se origino su cultura. Por ello lo términos en lo que esta expuesto este proyecto de ley lo faculta y lo hace viable la anterior intención. Y aún mas que estamos acostumbrados a no prevenir las intenciones del Gobierno de Turno que busca allanarle el camino para que el saqueo por parte de las trasnacionales sea mas fructífero.



A ello se agrega que las entidades estatales serán las que validaran si el pueblo indígena está en posición de derecho a ser consultado y como vemos, ningún ministerio del Estado Burgués reconoce a cualquier pueblo indígena, cuando se vulnera sus derechos, el texto lo dice bien claro, en ello no hay duda que este artículo será una herramienta para desconocer derechos de los pueblos ancestralmente asentados en un territorio:

Artículo 10º.-Identificación de los pueblos indígenas u originarios a ser consultados
La identificación de los pueblos indígenas u originarios a ser consultados debe ser efectuada por las entidades estatales promotoras de la medida legislativa o administrativa, sobre la base del contenido de la medida propuesta, el grado de relación directa con el pueblo indígena y el ámbito territorial de su alcance.


Allí esta la trampa, que ninguno de nuestros representantes se ha dado cuenta y con lo cual ahora nos encontramos mas desprotegidos que antes.



A los 19 días del Aymoray Quilla.
Juan Esteban Yupanqui Villalobos
Tupac Isaac II
http://juanestebanyupanqui.blogspot.com

martes, mayo 11, 2010

Es importante actuar !



El socialismo andino amazónico y su guía ideológico y
político que es el Pensamiento Qhapaq, es la más auténtica expresión
política de los pueblos indígenas que luchamos por la reivindicación
histórica del Perú, POR NUESTRA SOBERANÍA Y NUESTRA
IDENTIDAD INKA.




Kapak Ñam

Túpac Isaac II
Juan Esteban Yupanqui Villalobos
http://juanestebanyupanqui.blospot.com

Qhapaq Ñan, Ruta de Sabiduria... Libro de Javier Lajo (Parte 1/2)

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